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lunes, 22 de enero de 2024

La DNI: Entre la necesidad y la necedad

 SIN PAÑOS TIBIOS



FEDERICO A. JOVINE RIJO
Toda ley es una concreción del poder, y, sobre todo, una expresión de la organización de ese poder. Detrás de toda ley no sólo hay intereses, también hay muchos aportes, sugerencias, tachaduras, e intromisiones. Lo que entra al congreso no es necesariamente lo que sale, ni lo que se necesita o se quiere. Los abogados lo mirarán todo desde la lógica jurídica, los técnicos desde la técnica; los políticos desde la política, y, entre el ser y el deber ser de Kelsen, la realpolitik hace de las suyas. La maestría reside en lograr el equilibrio; la destreza, en cortar –cual Salomón– el muchacho a lo largo.

Así las cosas, la discusión generada en torno a la ley 1-24, que crea la Dirección Nacional de Inteligencia (DNI), es saludable y necesaria, pues las legítimas preocupaciones externadas por periodistas, abogados, académicos, iglesias, políticos y partidos opositores, etc., sólo viene a reafirmar el compromiso con la democracia y la libertad que tiene el pueblo dominicano. No nos llamemos a engaños, en nombre de palabras mayores –que a la vez son eufemismos–, como “paz social”, “riesgo, amenaza, agresión o subversión para la seguridad nacional”, se han cometido las peores felonías contra los ciudadanos. Si bien es cierto que la ley procura organizar un sistema de inteligencia disperso y desorganizado, y que racionaliza el poder investigador del Estado sometiéndose al debido proceso; la misma contiene disposiciones que no se compadecen con la armonía institucional que inicialmente perseguía. Al no contar con una parte definitoria, queda al libre albedrío interpretativo de la DNI establecer cuándo una situación se ajusta a una definición particular. En el caso de la entrega de información, deja al debido proceso –sectorial y difuso– lo que bien pudo haberse zanjado estableciendo una autorización judicial previa que ordene las entregas de información, y ni hablar que nos obliga coercitivamente a “caliesar”, sin ir más lejos.

La ley requiere de una narrativa más detallada y específica que calme los temores y ansiedades de un colectivo social que observa con espanto una deriva autoritaria en todo el continente, de ahí que la prensa asuma unida –con valentía y sin vacilaciones–, lo que considera (y es) una vulneración del artículo 49 de la constitución, pilar fundamental de su ejercicio y garantía de equilibrio y contrapeso.

En términos mediáticos el gobierno metió los dos pies en un zapato. Si se sale a comunicar lo que ya se comunicó, fue porque no se comunicó bien previamente. Salir a consensuar después de promulgar, puede ser un ejercicio estéril si no se reconoce de antemano que las únicas opciones son, o bien enviar una nueva ley con propuestas de reforma, o esperar un cubetazo constitucional… y en ambos escenarios se pierde. En definitiva, no había necesidad de promulgar contra viento y marea la ley –porque el diálogo nunca sobra y siempre aporta–, ni mucho menos forzarla en un contexto electoral, donde todo lo que puede arder es echado a la hoguera, sin importar si alumbra o no…

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